¿Todo trabajador tiene derecho a la Seguridad Social?
Si, Para efectos de aportación al IESS,
es indiferente que el trabajo lo realice en forma autónoma, con
relación de dependencia laboral o sin relación de dependencia laboral.
¿Todo trabajador tiene derecho al Seguro General Obligatorio?
Si en los términos y condiciones indicadas en el numeral anterior.
¿Que contingencias cubrirá el Seguro General Obligatorio?
Cubre las contingencias de enfermedad,
maternidad, paternidad, riesgos de trabajo, cesantía, desempleo, vejez,
invalidez, discapacidad, muerte y aquellas que defina la ley.
¿Las fuerzas armadas y policía nacional pueden ser afiliados al IESS?
No, la policía nacional y las fuerzas
armadas cuentan con un régimen especial de seguridad social. Son
afiliados obligados al IESS solamente cuando en la vida civil ejercen
alguna actividad económica con o sin relación de dependencia.
¿Quienes son afiliados al IESS?
Toda persona que ejecute alguna actividad económica y perciba
ingresos por ese concepto. En particular: (Art.2 Ley de Seguridad
Social)
a) El trabajador en relación de dependencia
b) El trabajador autónomo
c) El profesional en libre ejercicio
d) El administrador o patrono de un negocio
e) El dueño de una empresa unipersonal
f) El menor trabajador independiente; y
g) Los demás asegurados obligados al régimen del Seguro General Obligatorio en virtud de leyes y decretos especiales.”
¿El Seguro Social Campesino forma parte del Seguro Universal Obligatorio?
Si. Es un régimen especial del Seguro Universal Obligatorio para
proteger a la población rural y a las personas dedicadas a la pesca
artesanal, siempre que no perciban remuneración de terceros, ni se
constituyan en empleadores.
¿Una persona que vive en el exterior puede afiliarse al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social?
Si. El Estado estimulara la afiliación voluntaria a las ecuatorianas y
ecuatorianos domiciliados en el exterior, y asegurará la prestación de
contingencias. El reglamento para la afiliación voluntaria al Instituto
Ecuatoriano de Seguridad Social, IESS de ecuatorianos domiciliados en el
exterior, se encuentra en la Resolución C.D 324 de 2010-07-08.
Los aportes para este sector de afiliados es equivalente al
doscientos por ciento (200%) del salario básico mínimo unificado del
trabajador en general vigente en el Ecuador, según la edad, pueden
aportar sobre salarios superiores, de acuerdo la siguiente tabla.
AÑOS DE EDAD |
Límite máximo del salario base de
aportación al IESS, en porcentaje del salario básico unificado mínimo
del trabajador en general
|
18-39
|
Sin límite
|
40-44
|
700%
|
45-49
|
600%
|
50-54
|
500%
|
55-59
|
400%
|
¿Un extranjero debe afiliarse al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social?
Si. Las personas extranjeras que se encuentren en el territorio
ecuatoriano, por mandato Constitucional y convenios internacionales
ratificados por el Ecuador, tendrán los mismos derechos y deberes que
las ecuatorianas.
¿Se puede renunciar a los derechos de los trabajadores referentes a la Seguridad Social ?.
No. Por mandato Constitucional, los derechos de los trabajadores a la
Seguridad Social son irrenunciables. Será nula toda estipulación en
contrario.
¿Quienes son los afiliados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social?
Todas las personas que perciben ingresos por la ejecución de una obra
o la prestación de un servicio físico o intelectual, con relación
laboral o sin ella; en particular.
- El trabajador en relación de dependencia;
- El trabajador autónomo;
- El profesional en libre ejercicio;
- El administrador o patrono de un negocio;
- El dueño de una empresa unipersonal;
- El menor trabajador independiente; y,
- Los demás asegurados obligados al régimen del Seguro General Obligatorio en virtud de leyes y decretos especiales.
¿Los hijos dependientes del afiliado pueden recibir prestaciones de salud?
Si, Los hijos e hijas de afiliados y afiliadas del IESS, así como los
y las pensionistas de montepío por orfandad del IESS, son beneficiarios
hasta que cumplan dieciocho (18) años de edad.
¿Cuales son los montos de aportaciones en el Sector privado?
Los montos de aportación varían de
acuerdo a la actividad del trabajador, en general los montos de
aportación al IESS es todo ingreso regular susceptible a apreciación
pecuniaria, es decir todo lo que se le entregue al trabajador para libre
disponibilidad. Valores que en ningún caso, podrán inferiores al sueldo
mínimo unificado del trabajador en general. El aporte al IESS se
calcula sobre todo lo ganado en forma mensual.
¿Quienes pueden acceder a la afiliación voluntaria?
Los ecuatorianos y ecuatorianas
residentes en el país y en el extranjero. Para el caso de los
ecuatorianos, acceden a este régimen de afiliación quienes no perciben
ingresos por la prestación de servicios.
Los residentes en el exterior, acceden a este régimen de afiliación,
cualquiera que sea su ocupación laboral o actividad económica.
Resolución C.D 324 de 2010-07-08.
¿Cuál es el valor de aporte para la afiliación voluntaria?
El valor del aporte para los ecuatorianos residentes en el país para
el año 2012, es 49,64 que resulta del 17,5% del salario básico
unificado (292,oo x 17,5%)
¿Con cuantas aportaciones y que edad se puede jubilar un afiliado?
Los requisitos mínimos son:
EDAD |
IMPOSICIONES |
EQUIVALENTE A |
Sin límite de edad |
480 |
40 años de aportación |
60 años |
360 |
30 años de aportación |
65 años |
180 |
15 años de aportación |
70 años |
120 |
10 años de aportación |
¿Que riesgos cubre el Seguro General Obligatorio?
Los riesgos cubiertos son:
a. Enfermedad;
b. Maternidad;
c. Riesgos del trabajo;
d. Vejez
e. muerte
f. invalidez
g. discapacidad y,
e. Cesantía.
¿Desde que momento un trabajador tiene derecho a la afiliación al IESS?
Desde el primer día de trabajo, el aviso de entrada debe remitirlo al
IESS a través de la página WEB dentro de los quince (15) días de inicio
de labores.
Cómo un trabajador puede obtener la clave del IESS?
Se debe registrar la solicitud de clave en la página web del IESS
www.iess.gob.ec, la misma que debe ser aprobada por su empleador.
El proceso para obtener la clave es el siguiente:
- Solicitud bajada e impresa del portal web www.iess.gob.ec,
debidamente firmada por el afiliado(a) / pensionista del IESS; y, por su
empleador(a) en caso de tener relación de dependencia.
- Original y copia a color de la cédula del afiliado (a) / pensionista del IESS
- Original y copia a color del certificado de votación o documento que
justifique su abstención o que acredite haber cumplido la sanción
impuesta.
- Original y copia de una de las planillas de los servicios básicos (agua, luz o teléfono).
El afiliado debe acercarse personalmente a los Centros de Atención
Universal del IESS de la respectiva Dirección Provincial, para recibir
su clave.
22. Cómo un empleador puede obtener la clave?
Deberá ingresar a la página
www.iess.gob.ec – IESS en línea * Empleadores – Click en Sistema de
Empleadores – Actualización de datos del registro patronal. – Escoger el
sector que pertenece (Privado, Público y Doméstico) – Ingresar datos
obligatorios que tienen asterisco – Digitar el numero de RUC y (En caso
de doméstica digitar numero de cedula). – Seleccionar el tipo de
empleador – En el resumen del Registro de Empleador al final del
formulario se Visualizará imprimir solicitud de clave. Los requisitos a
cumplir, son los siguientes:
Una vez realizado el Registro Patronal en Historia Laboral, debe solicitar la clave en los Centros de Atención Universal.
¿Cuál es el plazo para los pagos de los aportes al IESS?
El empleador debe cancelar los aportes dentro de los 15 días
posteriores al mes trabajado, caso contrario caerá en mora patronal.
¿Qué es mora patronal?
Se consideran a los empleadores que sin embargo de encontrarse registrados
en el IESS, dejan de pagar los aportes patronal y personal del empleado, los
Fondos de Reserva y/o dividendos de préstamos retenidos al afiliado y no
transferidos o depositados en el IESS.
¿Cómo evitar la mora patronal?
Pagando sus obligaciones patronales
dentro de los quince días posteriores al mes que corresponda la
obligación, ante la imposibilidad de cumplir esta obligación, el
Instituto concede facilidades para el pago. Hasta 90 días mediante el
sistema de pagos parciales o hasta 5 años mediante la suscripción de un
convenio de purga de mora patronal.
¿Donde un trabajador debe denunciar a su patrono por incumplimiento en la afiliación al IESS?.
Los reclamos por falta de afiliación o
por incumplimiento de obligaciones al IESS se los puede presentar a
través de la página web del IESS, o en forma directa en las unidades de
Afiliación y Control Patronal en la respectiva Dirección Provincial del
IESS.
¿Donde se obtiene la clave personal?
En los Centros de Atención Universal del Instituto Ecuatoriano de
Seguridad Social, el trámite es personal y se deben presentar los
documentos requeridos.
¿Beneficios para el asegurado voluntario
Gozará de los mismos beneficios y
prestaciones que se otorgan a los afiliados obligados, en lo referente a
los seguros de invalidez, vejez, muerte, riesgos del trabajo y
asistencia médica por enfermedad y maternidad; y, en las mismas
condiciones.
¿Qué requisitos se debe cumplir un migrante para afiliarse al seguro voluntario?
- Ser ciudadano ecuatoriano;
- Hallarse domiciliado en el exterior, cualquiera sea su actividad económica o laboral;
- No recibir pensiones de invalidez, vejez/retiro o de riesgos del
trabajo en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, IESS; Instituto
de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, ISSFA; o, Instituto de
Seguridad Social de la Policía Nacional, ISSPOL;
- Estar comprendido entre los dieciocho (18) y sesenta (60) años de edad;
- No registrar mora u obligaciones pendientes en el IESS; y,
- No mantener un registro personal de contribuyente en el Servicio de Rentas Internas en calidad de prestador de servicios.”
Los menores de 40 años se exceptúan de los exámenes médicos, para los
mayores de 40 años, obligatoriamente deben someterse a dichos exámenes.
¿Que son los créditos hipotecarios?
Son préstamos que el Instituto
Ecuatoriano de Seguridad Social, otorga a sus afiliados que habiendo
cumplido con los requisitos establecidos, los otorga a través del Biess
con la finalidad de adquirir viviendas terminadas como casas,
departamentos y viviendas multifamiliares que se encuentren listas para
ser habitables (pueden contener locales comerciales)
Requisitos Generales para Afiliados:
- Mínimo 36 aportes individuales o solidarias (cónyuge y/o unión libre
reconocida legalmente) y 12 últimas aportaciones consecutivas.
- No mantener obligaciones vencidas con el IESS o Biess.
- No tener calificación equivalente a D o E en la de la Central de
Riesgos y tener capacidad de endeudamiento calificada por el Biess o
IESS.
- No encontrarse el empleador en mora de sus obligaciones con el IESS.
¿Que son los préstamos quirografarios?
Son préstamos de consumo que el
Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, otorga a sus afiliados que
hubieren cumplido con los requisitos y condiciones determinadas, el
monto del préstamo será el equivalente al saldo disponible de la suma de
los valores en las cuentas individuales de los Fondos de Reserva y
Cesantía General, mismos que garantizan la concesión del préstamo el
monto máximo a conceder es de hasta 80 salarios básicos unificados del
trabajador en general (para el 2011, USD 21.120).
¿Cuales son los requisitos para el préstamo quirografario?
Afiliados
- Mantener valores acumulados en las cuentas individuales de Fondos de Reserva y/o Cesantía.
- Encontrarse en relación de dependencia.
- Mínimo 36 aportes individuales y 6 consecutivas.
- No tener obligaciones vencidas en el IESS o BIESS.
- Poseer su clave personal de ingreso al sistema.
- Mantener una cuenta activa (el titular de la cuenta debe ser el
afiliado) en una Entidad Financiera registrada y aprobada en el IESS.
Jubilados
- Encontrarse recibiendo una pensión otorgada por el IESS.
- No tener obligaciones vencidas en el IESS o BIESS.
- Poseer su clave personal de ingreso al sistema.
- Mantener una cuenta activa (el titular de la cuenta debe ser el
jubilado) en una Entidad Financiera registrada y aprobada en el IESS.
¿Que requisitos se deben cumplir para un préstamo prendario?
- Ser mayor de edad.
- Portar original y foto-copia de cédula de identidad y certificado de votación actualizados.
- Es objeto de prenda todo tipo de joyas en oro, con piedras
preciosas, es decir, objetos valiosos no susceptibles de deterioro por
el transcurso del tiempo.
- No se recibirán en prenda armas, condecoraciones, objetos de culto u objetos pertenecientes a museos.
¿Desde cuando se debe afiliar al trabajador?
Desde el primer día de trabajo o prestación del servicio, el aviso de
entrada lo reporta a través de la página WEB del IESS, dentro de los
quince (15) días de inicio de labores.
¿Que es una afiliación fraudulenta y que se debe hacer?
Es cuando dos personas con la finalidad
de obtener servicios o prestaciones del IESS al margen de la Ley, forjan
una relación inexistente mediante la cual la una parte finge ser
empleador y la otra ser trabajador.
¿Cual es el aporte mínimo que puedo hacer?
Es el Salario Básico Unificado del
trabajador en general o el salario básico sectorial para quienes estén
inmersos en la Comisiones Sectoriales, para el caso de trabajadores
contratados bajo el sistema de contratación a tiempo parcial, se aplica
el principio de proporcionalidad.
¿Cuales son los requisitos para solicitar la jubilación por invalidez?
Requisitos
- Registrar mínimo sesenta (60) imposiciones de las cuales seis (6) como mínimo, deben ser inmediatamente previas a la incapacidad (consecutivas).
- Llenar e imprimir la solicitud y la orden de examen médico a través de la página Web del IESS.
- Acudir a las Unidades de Salud del IESS, para someterse a los exámenes solicitados.
- Revisar la página Web del IESS para informarse de la calificación de su incapacidad.
Que se considera un riesgo de trabajo para la jubilación por invalidez?
Para efectos de la concesión de las
prestaciones del Seguro General de Riesgos del Trabajo, se considera
accidente de trabajo todo suceso imprevisto y repentino que ocasione al
afiliado lesión corporal o perturbación funcional, o la muerte inmediata
o posterior, con ocasión o como consecuencia del trabajo que ejecuta
por cuenta ajena.
También se considera accidente de
trabajo, el que sufriere el asegurado, al trasladarse directamente desde
su domicilio al lugar de trabajo o viceversa.
¿Que es la pensión por vejez ordinaria?
Es el valor monetario que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad
Social, otorga al afiliado o afiliada que hubieren cumplido los
requisitos exigidos, es decir;
- 40 años de aportes y cualquier edad.
- 30 años de aportes y sesenta años de edad
- 15 años de aportes y 65 años de edad
- 10 años de aportes y 70 años de edad
¿Cuales son los requisitos para la pensión por vejez ordinaria?
Requisitos:
1. Registrar aportes de acuerdo al siguiente detalle:
- 40 años de aportes y cualquier edad.
- 30 años de aportes y sesenta años de edad
- 15 años de aportes y 65 años de edad
- 10 años de aportes y 70 años de edad
2. Encontrarse cesante con todos los empleadores.
3. No estar en mora con el IESS, como empleador o afiliado.
4. Haber registrado cuenta bancaria
activa y personal en Historia Laboral de la página web del IESS.
5. Aviso de salida registrado por el Empleador en el Sistema de Historia Laboral.
6. Tener cancelados los aportes del mes en el que cesó.
7. Para el caso de Afiliados Voluntarios, deberán registrar el aviso
de salida en Afiliación y Control Patronal de la Dirección Provincial de
su jurisdicción.
Una vez cumplidos los requisitos señalados anteriormente, deberá ingresar al portal del IESS (
http://www.iess.gob.ec/) y seleccionar la opción
Solicitud de Pensiones e ingresar el número de cédula de identidad y clave personal escoger la opción
Jubilación de Vejez y llenar el formulario correspondiente con la información solicitada.
¿El Gerente o representante
legal de una empresa tiene derecho a percibir las remuneraciones
adicionales como Decimatercera, Decimacuarta o Utilidades?
Depende del tipo de relación:
- En caso de ser Gerente-Empleador (existencia de la relación laboral) SI tiene derecho a percibir estos haberes.
- En caso de ser Gerente-Representante Legal (inexistencia de relación
laboral, presencia de relación de carácter civil) NO tiene derecho a
percibir estos haberes.
Conforme lo establece el Art. 308 CT,
que indica que si una persona tiene poder general para representar y
obligar a la empresa, será mandatario y no empleado, y sus relaciones
con el mandante se regularán por el derecho común (civil), es decir que
no existe relación laboral por lo tanto no tiene derecho a percibir
ninguno de estos beneficios que son de tipo laboral. Pero si el mandato
se refiere únicamente al régimen interno de la empresa, el mandatario
será considerado como un empleado más y en este caso al configurarse la
relación laborar si tiene derecho a percibir estos beneficios laborales.
¿El Gerente o representante legal de una empresa tiene derecho a la afiliación patronal al IESS?
De acuerdo al Art. 2 de la Ley de
Seguridad Social, están obligados a solicitar la protección del Seguro
General Obligatorio, en calidad de afiliados, todas las personas que
perciben ingresos por la ejecución de una obra o la prestación de un
servicio físico o intelectual, con relación laborar o sin ella; pero la
norma es ambigua respecto al derecho de los gerentes o representantes
legales, pues en la práctica cotidiana el IESS exige a las empresas la
afiliación obligatoria a su representante legal bajo el régimen de
Seguro General Obligatorio, a pesar de que no se trata de una relación
laboral sino de una relación civil.
¿Cuántos días de permiso se le extiende al trabajador por la muerte de un familiar?
El Código de Trabajo Art. 42, núm. 30, concede 3 días de licencia con
remuneración completa al trabajador, en caso de fallecimiento de su
cónyuge o de su conviviente en unión de hecho o de sus parientes dentro
de :
- Consanguinidad dentro del segundo grado = (padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del trabajador)
- Afinidad dentro del segundo grado =(suegros, cuñados, yernos o nueras del trabajador)